Por Antonio Rossi
Tras casi un año de haber estado frenada por una medida cautelar, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata habilitó la exploración sísmica offshore frente a la costa atlántica, la cual quedó atada al cumplimiento de una serie de condiciones adicionales que deberá cumplir el consorcio integrado por las petroleras Equinor, YPF y Shell.
El levantamiento de la cautelar -que había sido dispuesta por el juez de primera instancia de Mar del Plata, Santiago Martín- llegó casi dos semanas después de que la petrolera noruega Equinor (que lidera el grupo adjudicatario de los bloques de exploración CAN 100, CAN 108 y CAN 115) decidiera dar de baja la contratación del buque BGP Prospector que iba a arribar al país para comenzar las tareas de relevamiento sísmico debido a la prolongada demora que arrastraba la definición de la causa judicial.
Ahora, tras la revocación de la traba que impedía el inicio de los trabajos de exploración el consorcio liderado Equinor deberá reprogramar su plan operativo y salir a buscar contrarreloj un nuevo buque sísmico con el fin de poder iniciar sus actividades antes del segundo trimestre del próximo año.
El fallo -que lleva las firmas de los camaristas Alejandro Taza y Eduardo Jiménez- -estableció en primer lugar “dejar sin efecto la medida cautelar y autorizar la continuidad de las actividades de prospección” en la zona de exploración que se encuentra localizada a 320 kilómetros de costa de Mar del Plata y a 433 kilómetros de Necochea.
Las condiciones que deben cumplir las empresas
La vía libre otorgada para el relevamiento sísmico quedó supeditada al cumplimiento de tres condiciones salientes que deberán respetar Equinor y sus socias YPF y Shell.
Deberán incluir como “observadores permanentes” en el barco de exploración a miembros del “Proyecto Pampa Azul” , quienes deberán velar por el cuidado del "Monumento Natural Ballena Franca, por la tutela del Agujero Azul” y denunciar a las autoridades administrativas y judiciales actuantes cualquier acontecimiento que afecte sensiblemente al ambiente. El grupo Pampa Azul está integrado por especialistas y técnicos de ocho universidades nacionales, siete ministerios, otras universidades y el CONICET, quienes trabajan en conjunto en un proyecto a largo plazo con el objetivo de conocer los recursos del mar para poder aportar elementos que contribuyan con el conocimiento científico y académico y el desarrollo de la economía nacional.
Las actividades de prospección sísmica no deberán llevarse a cabo a una distancia menor a 50 kilómetros del denominado “Agujero Azul”. Se trata de una superficie de 148.000 kilómetros cuadrados donde yacen los restos del submarino y la tripulación del ARA San Juan que se encuentra a unas 200 millas de la costa argentina, fuera de la zona económica exclusiva, pero donde Argentina tiene jurisdicción sobre el fondo marino por la extensión de la plataforma continental que le fue concedida por la ONU en 2016. En julio pasado, la Cámara de Diputados le dio media sanción al proyecto de ley que declara esa zona como “Área Marina Protegida Bentónica Agujero Azul”.
Las actividades exploratorias deberán suspenderse inmediatamente ante la verificación de cualquier acontecimiento que dañe sensiblemente al ambiente, tanto por parte de las autoridades administrativas o judiciales como por parte de los responsables de su ejecución.
La exploración sísmica offshore quedó atada al cumplimiento de una serie de condiciones que deberán cumplir Equinor, YPF y Shell
La exploración sísmica offshore quedó atada al cumplimiento de una serie de condiciones que deberán cumplir Equinor, YPF y Shell
Además, el fallo de la Cámara de Apelaciones exhortó a que las autoridades nacionales y locales “propicien y mantengan permanentemente un máximo nivel de control sobre las actividades del proyecto para cumplir con las mandas que el derecho impone en la materia respecto a la tutela del medio ambiente y para velar por el cumplimiento de cualquiera de las condiciones antes establecidas”.
En los fundamentos de la resolución, los camaristas destacaron que “si bien el Poder Judicial no está legitimado para diseñar, en general, las políticas públicas, y en particular, las vinculadas con el desarrollo energético, pues tal tarea pertenece a los restantes poderes del Estado; no resulta ocioso enfatizar que, por la manda constitucional del artículo 41, corresponde –en sus justos límites—analizar la legalidad, constitucionalidad y razonabilidad del proceso administrativo cuestionado por las partes”.
Exploración offshore en la costa atlántica: visto bueno del Gobierno
En la última semana de diciembre del año pasado, el Gobierno nacional había dado el visto bueno y otorgado la declaración de impacto ambiental para que el consorcio encabezado por Equinor comenzará con la exploración offshore.
El freno judicial llegó en febrero de este año, cuando el juez federal marplatense Santiago Martín -tras hacer lugar a una demanda del intendente del partido de General Pueyrredón, Guillermo Montenegro y de entidades ambientalistas- procedió a dictar una medida cautelar prohibiendo la actividad de las petroleras que se habían adjudicado las tareas de prospección sísmica.
A principios de junio, intervino la Cámara Federal de Mar del Plata y procedió a revocar la cautelar, ordenando una nueva ronda de audiencias públicas y nuevos estudios de impacto ambiental.
Tras la realización de una nueva audiencia pública con los elementos solicitados por los camaristas, a mediados de octubre el juez Martín decidió mantener la cautelar con el argumento de que las autoridades nacionales y Equinor no habían completado todos los estudios y requisitos ambientales.
El freno judicial llegó en febrero de este año, cuando el juez federal marplatense Santiago Martín -tras hacer lugar a una demanda del intendente del partido de General Pueyrredón, Guillermo Montenegro y de entidades ambientalistas- procedió a dictar una medida cautelar prohibiendo la actividad de las petroleras
El freno judicial llegó en febrero de este año, cuando el juez federal marplatense Santiago Martín procedió a dictar una cautelar prohibiendo la actividad de las petroleras
Luego de que las petroleras y la Secretaría de Energía apelaran esa decisión , el expediente volvió a la órbita de la Cámara Federal que, tras tomarse casi dos meses para analizar el caso, resolvió dar por válidos y suficientes los estudios y análisis adicionales de impacto ambiental que había solicitado y dejar sin efecto la traba judicial que durante casi un año impidió la búsqueda de datos geofísicos orientados a confirmar el potencial de producción hidrocarburífera del Mar Argentino que, según varios informes técnicos, sería hasta tres veces superior a Vaca Muerta.
Fuente: iProfesional