18/08/24

Energía formuló precisiones sobre la concesión de la generación hidroeléctrica





El Secretario de Energía, Eduardo Rodriguez Chirillo, formuló precisiones en relación a las características que reviste la concesión de las centrales generadoras de hidroelectricidad del Comahue, que el gobierno ha resuelto licitar en los próximos meses toda vez que estan vencidos los plazos de las actuales concesiones otorgadas en 1993. Han sido prorrogadas por un plazo máximo de hasta un año, mientras se resuelven las condiciones de las nuevas licitaciones y adjudicaciones.

Chirillo explicó:

"En primer lugar, tenemos que recordar que las Centrales hidroeléctricas (presa, turbinas, y todo lo que conforma el Complejo hidroeléctrico, son bienes de dominio público del Estado que por tener tal condición son intransferibles en su titularidad al sector privado".

  • El concesionario de generación solo tiene una concesión de uso de estos bienes que debe mantener adecuadamente durante la concesión. Por tanto, NUNCA hay privatización de los activos del Estado, todo lo contrario: cuando finaliza la concesión, los bienes de dominio público revierten automáticamente – sin necesidad de acto alguno- a favor del Estado, tal como ocurre con el régimen que tienen los actuales concesionarios.
  • El recurso utilizado para generar (agua) es de propiedad de las provincias, (Código Civil y Constitución Nacional) respecto del cual el Estado otorga una concesión para generar electricidad, relacionado al aprovechamiento hidroeléctrico y ello porque es requerimiento de la ley 15.336, dictada en 1960 que declara a la actividad de generación como actividad de interés público. De modo que NUNCA hay privatización del recurso que siempre pertenece a las provincias.
  • Siguiendo la experiencia exitosa realizada en 1993, para la organización del concesionario, el Estado Nacional ha creado 4 nuevas unidades de negocio (con la forma de sociedad anónima) a quienes le otorgará la concesión para generar electricidad y le aporta los bienes de dominio público en uso, cuando finalice el período de generación que tienen los actuales concesionarios. En nada de esto hay una privatización.
  • Para seleccionar los inversores que serán accionistas del concesionario y que serán quienes operarán, invertirán y mantendrán en la concesión, se lleva a cabo una licitación pública nacional del paquete accionario de las sociedades concesionarias, quienes cotizarán el valor de las mismas, según sean las condiciones de remuneración de la generación hidroeléctrica y el nivel de inversiones indispensables a realizar para extender la vida útil de casi todas las centrales del Comahue que resulta indispensable para el sistema eléctrico.
  • Esta transferencia de acciones al privado, NUNCA lo convierte en propietario de los bienes de dominio público, ni del recurso que utiliza.
En síntesis, LOS BIENES SON DE DOMINIO PÚBLICO Y EL PRIVADO TIENE UNA CONCESIÓN DE GENERACIÓN Y DE USO DE ESOS BIENES. Es importante que quienes destacan o manifiestan la existencia de errores en la normativa que se dicta, se informen adecuadamente a fin de no transmitir errores donde no lo hay, señaló el funcionario.

Fuente: Energía y Negocios